En desarrollo de las leyes 679 de 2001 y 1336 de 2009, se advierte que la explotación, la pornografía y el turismo sexual y demás formas de abuso sexual a menores de edad en Colombia son sancionados penal y administrativamente. Así mismo, acorde a la Ley 17 de 1981 para prevenir, castigar y rechazar todo acto que maltrate y atente contra la vida de las especies animales del país y la ley 1333 de 2009 no apoyamos el comercio ilegal de especies de flora y fauna, respetamos y promovemos la conservación de nuestra biodiversidad. En desarrollo de las leyes 679 de 2001 y 1336 de 2009, se advierte que la explotación, la pornografía y el turismo sexual y demás formas de abuso sexual a menores de edad en Colombia son sancionados penal y administrativamente. Así mismo, acorde a la Ley 17 de 1981 para prevenir, castigar y rechazar todo acto que maltrate y atente contra la vida de las especies animales del país y la ley 1333 de 2009 no apoyamos el comercio ilegal de especies de flora y fauna, respetamos y promovemos la conservación de nuestra biodiversidad.
Salida de menores en Colombia:
El nuevo Código de la Infancia y la Adolescencia establecen información adicional para la salida de menores del país. Desde el 8 de mayo de 2007 entró en vigencia la Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, que en artículo 110 parágrafo 1 dice textualmente:
«Cuando un niño, una niña o un adolescente vaya a salir del país con uno de los padres o con una persona distinta a los representantes legales deberá obtener previamente el permiso de aquel con que no viajare o el de aquellos debidamente autenticado ante notario o autoridad consular».
La Ley exige además esta nueva información: dicho permiso deberá contener el lugar de destino, el propósito del viaje y la fecha de salida e ingreso de nuevo al país.
Ten en cuenta: Los menores de edad que viajen con el nuevo pasaporte, deberán presentar ante las Autoridades de Migración en Colombia, fotocopia auténtica y legible del registro civil de nacimiento.